Ni Ramfis Trujillo ni Danilo Medina pueden postularse a la presidencia de la República Diminicana en el año 2020, porque ambos tienen impedimentos constitucionales. En el caso específico de Ramfis Trujillo está el impedimento establecido en el párrafo único del artículo 20 de la Constitución Dominicana del 2015, referente a la doble nacionalidad. En dicho párrafo se dispone que las dominicanas y los dominicanos que tengan doble nacionalidad podrán aspirar a la presidencia o a la vicepresidencia si renuncian a la nacionalidad adquirida con diez años de anticipación a la elección y residieren en el país durante los diez años previos al cargo. Ramfis Trujillo alega que hace tiempo estableció residencia en la República Dominicana, pero ha dejado de lado lo referente a la renuncia de su ciudadanía norteamericana. Y es claro que si no ha renunciado a su nacionalidad norteamericana no puede postularse a la presidencia. Ramfis Trujillo tendrá que probar ante la Junta
José Núñez Grullón